Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1483/2003-R
Fecha: 20-Oct-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En este recurso el actor arguye que el Juez recurrido ha señalado audiencia para la consideración de su solicitud de cesación de detención preventiva para el 23 de septiembre, es decir, más de veinte días después de haber presentado tal pedido, lo que atentaría contra su derecho a la libertad de locomoción. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida
- el 12 de septiembre a horas 9:25, el mismo que interpuso el presente hábeas corpus esa fecha -12 de septiembre- a horas 14:10, siendo citado el recurrido el mismo día a horas 15:00.
- APRUEBA