Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1499/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que las autoridades demandadas han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica y a la defensa, al haber declarado ejecutoriado el Auto de Vista de 20 de junio de 2003, sin antes haberlo notificado con dicho fallo como apelante, y no obstante solicitar la nulidad de la notificación que fue practicada a su hermano, ésta fue rechazada, manteniendo la ejecutoria de la citada resolución que fue dictada sin motivación, privándole así de usar del recurso que la ley le franquea. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.