SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1499/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, disponiendo la nulidad de obrados hasta la notificación con el Auto de Vista de 20 de junio de 2003 al recurrente, con los siguientes fundamentos: 1) se evidencia la violación al debido proceso y al derecho a la defensa del recurrente, toda vez que se ha dispuesto la ejecutoria del Auto de Vista sin que hubiera sido legalmente notificado, pues fue quien impugnó la sentencia; 2) se ha privado al recurrente del derecho a utilizar el recurso de casación que le franquea la ley.
Lo relacionado precedentemente, determina la procedencia del recurso, y hace viable la tutela que solicita el recurrente, al encontrarse la situación planteada dentro de las previsiones del art. 19 CPE, de manera que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.