SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1502/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1502/2003-R

Fecha: 24-Oct-2003

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

Dentro el proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público conoció la acusación por el delito de asesinato presentada para el juicio oral, no obstante de que se le ofreció colaboración si admitía todos los aspectos que la Fiscal le señaló en la etapa de investigación, no ha tenido conocimiento de otros hechos o personas que tuvieron que ver con los sucesos denunciados, aspecto que hizo conocer al Juez cautelar que ordenó se les proporcione copias del cuadernillo de investigaciones lo que no se cumplió, por lo que no sabía que se estaba haciendo ni de que se les pretendía acusar, pues la Fiscal o le engañaba al indicar que la documentación no estaba en su poder y que ello era responsabilidad del Juez o la amenazaba con hundirlo. 

Añade que toda la prueba recién fue de su conocimiento en la etapa del juicio oral, de lo cual se dio aviso al Presidente del Tribunal, quien decretó que no era de su competencia y sólo podía conocer lo que en el juicio oral se produjera; se planteó incidentes de falta de acción y derecho, de incongruencia en la acusación, de actividad procesal defectuosa, de ilegalidad en la obtención de la prueba, los que fueron desestimados y en sentencia se lo condenó, declarándose por los miembros de la Sala Penal Tercera, improcedente  el recurso de apelación con argumentos falsos.

Sostiene que la apelación restringida no fue admitida debido a que le faltaba el precedente contradictorio  sin tomar en cuenta que un caso similar no se conocía  porque era el primer juicio oral, obrando de igual forma los Ministros de la Corte Suprema que declararon inadmisible el Recurso de casación por no acompañar el precedente contradictorio.