Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1502/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita se declare procedente el recurso y se disponga su inmediata libertad, por cuanto las autoridades recurridas deliberadamente no tomaron en cuenta que en el proceso, desde la investigación hubo una actividad procesal defectuosa que vulneró sus derechos a la petición y el debido proceso. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.