SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1512/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Se encuentra indebida e ilegalmente detenido en dependencias del Distrito Policial 4, sin que exista mandamiento de apremio dirigido a autoridades de la ciudad de Santa Cruz, sino en virtud a un mandamiento de 29 de julio de 2003 encomendado exclusivamente a autoridades del departamento de La Paz, en el que claramente señala la intervención del Oficial de Diligencias del Juzgado Segundo de Trabajo y Seguridad Social o de cualquier agente policial de ese departamento. Si bien el mandamiento es con habilitación de días y horas extraordinarias y facultad de allanamiento mediante orden instruida para su ejecución en la ciudad de Santa Cruz, el FONCOMIN no tramitó el mandamiento con las formalidades y requisitos necesarios.