Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1512/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) el demandado dispuso la detención del recurrente en observancia de lo dispuesto por el Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, quien a su vez dio cumplimiento a una comisión instruida emanada de su similar de La Paz, en sentido de que la orden sea cumplida por cualquier autoridad no impedida de la ciudad de Santa Cruz, 2) no es aplicable el art. 128 del Código de Procedimiento Penal (CPP) por tratarse de un mandamiento en materia social.