SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1518/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1518/2003-R

Fecha: 27-Oct-2003

III.3

III.3  Por otro lado, cabe recordar, que si bien, mediante el amparo constitucional se pueden declarar nulas las resoluciones o fallos judiciales que aparentemente revistan la calidad de "cosa juzgada", empero, esa potestad está limitada únicamente a los casos en que se evidencie con certeza la vulneración de derechos y garantías fundamentales, ya sea en la tramitación de la causa de la que emerge el fallo o en el contenido del mismo, extremo que no acontece en el caso de autos, por cuanto no se evidencia la existencia de acto ilegal alguno que funde la procedencia del presente recurso constitucional, por el contrario, se advierte, que la Jueza recurrida procedió conforme a ley en sus actuaciones.