Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1518/2003-R
Fecha: 27-Oct-2003
improcedente
Por Resolución cursante a fs. 111 a 112, el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) la autoridad recurrida no cometió actos de violación contra los derechos de la parte recurrente, por cuanto, Rosse Mary Rivera Quezada no viabilizó diligentemente sus derechos y pretensiones dentro del mencionado proceso laboral, habiendo dejado prosperar el mismo hasta el estado de la ejecutoria de sentencia; b) por su parte la Jueza recurrida se rigió estrictamente al debido proceso en sujeción a las normas del Código Procesal del Trabajo.