SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1518/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1518/2003-R

Fecha: 27-Oct-2003

III.4

III.4  Finalmente, la recurrente a través del presente recurso, intenta lograr que este Tribunal ingrese a analizar y valorar la prueba que ha sido aportada en el proceso laboral en el que resultó perdidosa, no otra cosa significa que, pese a no evidenciarse la vulneración de ninguno de sus derechos ni garantías constitucionales, pretenda la nulidad de la sentencia, extremo que no es admisible, porque la referida resolución ha sido dictada en un proceso en el que ambas partes han aportado sus pruebas y han tenido la oportunidad de demostrar sus pretensiones, conforme a procedimiento en un trámite llevado según lo dispone el ordenamiento jurídico.

"...la facultad de valoración de la prueba aportada corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios, por lo que el Tribunal Constitucional no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de los jueces y tribunales ordinarios, y menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba que hubieran efectuado las autoridades judiciales competentes...".