SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2003-R

Fecha: 27-Oct-2003

improcedente

Por Resolución de 11 de julio de 2003, cursante de fs. 88 vta. a 89, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró improcedente el recurso, disponiendo que las partes ocurran a la vía correspondiente, con los siguientes fundamentos: a) los aspectos en discusión deben ser dilucidados en la justicia ordinaria instancia que debe establecer si existió o no allanamiento de domicilio, violencia o arbitrariedad en el retiro de los muebles; b) los aspectos emergentes del contrato no pueden ser dilucidados por la vía del amparo; c) sobre el despojo del local el Tribunal no puede entrar a dilucidar cuestiones de hecho.