SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1529/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1529/2003-R

Fecha: 28-Oct-2003

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con el fundamento de que si bien la recurrente cuenta con títulos de propiedad de vieja data, no se ha demostrado que haya existido un asentamiento violento en el terreno, no pudiéndose otorgar la protección que brinda el amparo, porque éste es un recurso subsidiario, existiendo la vía civil y penal para la defensa de sus derechos.

Consiguientemente, la situación planteada no se halla dentro de las previsiones del citado art. 19 CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.