SENTENCIA CONSTITUCIONAL 98/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 98/2003

Fecha: 20-Oct-2003

II.3

II.3            Que, el 13 de junio de 2003, el representante de la Prefectura de Potosí, solicitó al mencionado fiscal, pida al Juez de Instrucción y Cautelar Segundo en lo Penal, ordene a la Superintendencia Nacional de Bancos, la Intervención y Retención de Dineros de dos cuentas registradas a nombre de César Meruvia Guzmán, Mario Alfonso Luján Chumacero, Adhemar Padilla Lezcano y Franklin Ernesto Poppe Murillo, por ser provisional la orden de retención emitida por el fiscal ahora recurrido (fs. 67), habiéndose solicitado tal determinación, por requerimiento de 16 de junio. (fs. 69). El Juez de Instrucción mencionado, por Auto interlocutorio 310/03 de 17 de junio, rechazó la indicada solicitud, por no existir imputación formal contra ninguna persona, menos conocerse a quienes pertenecen las cuentas a ser intervenidas, ni existir denuncia formal contra los titulares de las mismas, debiendo el fiscal con facultad propia, conforme a las normas de los arts. 70, 136, 184, 306 CPE y 45.2 y 6 LOMP, complementar la investigación y presentar el requerimiento correspondiente (fs. 70).