Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
II.2
II.2 El 29 de noviembre de 2002, el Director del mencionado Instituto hizo conocer a la demandante que ante una denuncia presentada en contra suya, se instruyó la apertura del proceso administrativo correspondiente, y que mientras tanto quedaba suspendida de su cargo (fs. 4), el 11 de diciembre de ese año, la misma autoridad comunicó a la actora que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones de la Comisión Sumariante, se determinó su suspensión definitiva del cargo que venía ocupando (fs. 5).