SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

III.2

III.2   En el caso examinado,  la recurrente reclama que fue suspendida definitivamente por el Director del Instituto de Gastroenterología Boliviano Japonés de La Paz del cargo que ocupaba en esa institución,  sin que se hubiera interpuesto en su contra un proceso administrativo interno; sin embargo,  su demanda de  amparo la dirige contra la Directora Técnica del Servicio Departamental del SEDES y contra el Prefecto del Departamento de La Paz,  autoridades que no tuvieron ninguna participación en los hechos demandados como irregulares, por lo que carecen de  legitimación pasiva en el presente recurso, calidad que de acuerdo a lo sostenido por el Tribunal Constitucional en sus SSCC 255/2001-R, 829/2001-R, 1349/2001-R, 984/2002-R, 1383/2002-R, 591/2003-R, 949/2003-R y 1232/2003-R, -entre otras-, se adquiere por el nexo causal existente entre la autoridad que causó la presunta violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción, lo que no ocurre en el presente caso, motivo por el que el presente  amparo es improcedente.