SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

III.3

III.3   Por otra parte, si bien la  actora interpuso recurso jerárquico pidiendo que sea resuelto por el Superintendente del Servicio Civil, por Resolución Administrativa SSC/IRJ/081/2003 de 30 de junio, esta autoridad desestimó el recurso por considerarse incompetente en virtud a que en la normativa jurídica que regula el Instituto de Gastroenterología Boliviano Japonés, donde prestó servicios la recurrente, no existe disposición legal alguna que otorgue a su personal médico y para-médico la posibilidad de ser incorporado a la Carrera Administrativa propia de la Función Pública.   

Finalmente, una vez desestimado ese recurso y devueltos los antecedentes,  se volvió a notificar a la actora con la Resolución  Administrativa 004/2003 de 24 de abril, pronunciada por el Director del Instituto de Gastroenterología Boliviano Japonés, para que interponga nuevo recurso jerárquico ante la autoridad competente, extremo que no aconteció, habiéndose planteado directamente el  amparo sin haber agotado la vía administrativa, lo que determina la improcedencia de este recurso extraordinario e impide ingresar a analizar el fondo del asunto, pues el amparo, por su carácter subsidiario, exige el agotamiento previo de todas las instancias legales. Así lo ha reconocido este Tribunal en casos similares a través de las SSCC 1182/2003-R, 302/2003-R, 1039/2002-R, 302/2002-R y 614/2002-R.