SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente arguye que fue suspendida definitivamente de su cargo en el Instituto de Gastroenterología Boliviano Japonés como consecuencia de una denuncia, pero si bien se abrió un sumario informativo en contra suya, no se tramitó ningún proceso interno, habiéndose conculcado sus derechos a la defensa, a la presunción de inocencia y al debido proceso. Hace notar que contra la Resolución de suspensión, interpuso recurso de revocatoria y luego el jerárquico, pero el Superintendente General del Servicio Civil desestimó el recurso por considerar que las funciones que ejercía en ese Instituto no son las previstas para la incorporación a la Carrera Administrativa. Por consiguiente, corresponde analizar si los supuestos actos ilegales son evidentes y si se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 CPE.