SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

III.1

III.1    En la problemática planteada, el recurrente sostiene que se encuentra inmerso dentro la etapa preparatoria a imputación formal del fiscal recurrido, pero, es necesario aclarar que en dicha imputación, se impetró ante la Jueza de Instrucción Primero en lo Penal la aplicación de medidas sustitutivas, por hacer el delito atribuido improcedente la detención preventiva, en consecuencia se concluye que no existe riesgo alguno para la libertad del recurrente y el habeas corpus se activa solamente cuando la persona se encuentra ilegal o indebidamente privada de su libertad o exista riesgo inminente para perderla, sin embargo, de manera excepcional también se activa cuando por vulneración de las reglas del debido proceso se ha conseguido poner en riesgo o privar de libertad al recurrente.

En cuanto a la vulneración del debido proceso, sin riesgo para la libertad del recurrente, se activa el recurso de amparo constitucional, lo que hace improcedente el control de las mismas por la vía del habeas corpus que se  encuentra reservado para la protección del derecho a la libertad e impide el análisis del fondo de la problemática planteada, en ese entendido la SC 24/2001-R, de 16 de enero enseña “Que la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda el art. 19 constitucional, que a diferencia del Hábeas Corpus, exige para su procedencia el agotamiento de otras vías o recursos idóneos para lograr la reparación inmediata del acto o la omisión ilegal”, en consecuencia siguiendo la línea jurisprudencial trazada, se hace improcedente el recurso de habeas corpus.