SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1571/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1571/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

I.1.1

En el último trimestre del año 2002, la Universidad Amazónica de Pando (UAP) a través del Centro de Investigaciones y Preservación de la Amazonía emitió una convocatoria que le permitió ser contratado como investigador; posteriormente mediante memorando 216/03 de 17 de marzo, fue designado y contratado en la misma fecha como docente del Área de Ciencias Biológicas  y Naturales de la carrera de Ingeniería Agroforestal.

Añade que el 23 de julio de 2003 fue informado por el Director del Área de Ciencias Biológicas que fue despedido, razón por la que mediante oficios notariados dirigidos al Rector y Vicerrectora solicitó la cancelación de sus sueldos impagos e información sobre las determinaciones tomadas, razón por la que mediante oficio de 28 de julio emitido por el Vicerrectorado conoció que por Resolución del Consejo Universitario (RHCU) 25/2003 fue homologada su suspensión dispuesta por el Consejo Académico Universitario, lo que constituye un abuso y una arbitrariedad porque no existe facultad alguna dentro de los estatutos para homologar la suspensión de un docente al margen de las causales señaladas en el Reglamento de Régimen Docente