SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1573/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1573/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

II.2.

II.2.          El desistimiento es una forma de extinción extraordinaria de un proceso o acción judicial, toda vez que constituye una renuncia del demandante accionante a las pretensiones en la demanda y los derechos perseguidos en ella, criterio que de manera uniforme ha sustentado el Tribunal Constitucional (CS 09/2003-O). En consecuencia, siendo  el desistimiento una forma admitida procesalmente para poner fin al recurso de amparo constitucional una vez acreditada la voluntad de desistir,  este Tribunal no puede ingresar a la consideración del fondo del asunto, sino aceptar el desistimiento formulado.