SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1598/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1598/2003-R

Fecha: 10-Nov-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 30 de septiembre  de 2003 (fs. 1 a 5), el recurrente aduce que se encuentra indebidamente procesado y privado de libertad dentro de un proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión del delito de engaño a personas incapaces, en el que el Juez Cautelar Segundo de Instrucción en lo Penal, Julio Huarachi Pozo, no obstante que en su contra no existe prueba alguna que lo incrimine y que es inocente, optó por la determinación de medidas cautelares en sustitución de la detención preventiva, estableciendo su concurrencia periódica a la policía, a la fiscalía y a los órganos jurisdiccionales, el arraigo y una fianza económica.

Concluye señalando que la Fiscal Cila Terán incumplió el mandato del art. 62 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), habiendo inobservado también las normas establecidas por los arts. 163-1) y 4) y art. 5 del Código de procedimiento penal (CPP), al no adecuar sus fundamentos a lo previsto por el art. 73 CPP, porque no fue citado personalmente con la denuncia en su contra.