Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1600/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
Fragmento 3
Refiere que la Aduana ha actuado de manera arbitraria, toda vez que la movilidad se encontraba circulando con sus respectivas placas y portando el Carnet de propiedad lo cual acredita la legalidad del mismo, por lo que no cabía la requisa del vehículo efectuada el 14 de junio de 2003 sin orden del Fiscal, cuando con tales datos podía acceder a información en sus archivos, o en el Registro Único Automotor, de esa manera se vulneró el art. 176 del Código de procedimiento penal (CPP).