SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1602/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1602/2003-R

Fecha: 10-Nov-2003

II.4.

   II.4.  El 5 de febrero de 2003, a horas 15:15 (fs. 39) el recurrente prestó una segunda declaración, admitiendo haber realizado tres viajes de trabajo de la empresa minera “Celeste” en los que la carga no llegó a su destino, indicando que tenía $US1.100.- para devolver, y que el saldo de la deuda lo devolvería al día siguiente impostergablemente.

            A través del recibo de conformidad de la misma fecha (fs. 5) el actor entregó la suma de $US1.100.- en dependencias del Sindicato de Transporte Pesado “San Cristóbal”, correspondiente a la devolución de flete de la empresa minera “Celeste”. El mismo día, hizo entrega de $US430,60.- como pago total por dicho flete.