SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1624/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1624/2003-R

Fecha: 13-Nov-2003

procedente

La Resolución cursante de fs. 15 a 18, pronunciada el 24 de septiembre de 2003 por el Juez  Tercero  de Sentencia  en lo Penal del  Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró procedente el recurso bajo estos fundamentos: a) el Juez recurrido no adecuó sus actos a lo previsto por los arts. 221, 234, 235, y 236 CPP, ni tomó en cuenta la jurisprudencia constitucional incurriendo en inobservancia de los derechos y garantías  constitucionales de los imputados, al disponer  su detención  preventiva sin adecuar  la forma  y contenido de su decisión a lo dispuesto en el art. 236  CPP, toda vez que no ha realizado la valoración por separado de cada uno de ellos; b) no siendo suficiente la convicción de la existencia  de suficientes elementos de que el imputado es con probabilidad el autor del hecho que se le incrimina y que no se someterá  a proceso u obstaculizará  sino que es ineludible que fundamente y tenga plena evidencia de la concurrencia de ambos presupuestos.