Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1643/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
II.11
II.11 Por Auto de 24 de junio, en consideración a que la sentencia no fue apelada y “habiéndose incumplido la conminatoria de desocupación y entrega dentro del plazo otorgado por la sentencia, dispone el lanzamiento de los ocupantes del inmueble cuya restitución se demandó (fs. 113 vlta.). Con esta resolución se notifica por cédula en Secretaría del Juzgado (fs. 114).