Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1643/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
III.1
III.1 Los recurrentes consideran que no se le notificó legalmente con la demanda del proceso ejecutivo, ni aún con la sentencia, debido a la actuación fraudulenta del oficial de diligencias y del Banco demandante, puesto que la representación sentada, en ambos casos, dice que el aviso judicial de notificación fue dejado a una persona identificada como vecino (a) tanto en supuesta citación como en la notificación por cédula, respectivamente, interviniendo un funcionario del Banco como testigo.