SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1645/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1645/2003-R

Fecha: 17-Nov-2003

procedente

Concluida la audiencia el Juez de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara procedente el recurso,  debiendo el recurrido adecuar sus actos de investigación a procedimiento, con los siguientes fundamentos: 1) el Fiscal demandado no cumplió con el art. 224 CPP toda vez que ante la existencia de un delito, el imputado debe ser citado mediante comparendo y en caso de incumplimiento se expide mandamiento de aprehensión; 2) conforme con la resolución de medidas cautelares no existió flagrancia en cuanto a los delitos imputados, de manera que se establece haberse violado por parte del recurrido los derechos y garantías constitucionales por inobservancia de la ley.