Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2003 - R
Fecha: 17-Nov-2003
II.3
II.3 Que, en la tramitación del saneamiento simple (acumulado), Beatriz Marcela Ribera Gutiérrez el 24 de junio de 2003 solicitó a la Dirección Departamental del INRA, certifique cómo es cierto que los predios “Jocreni” y “Los Potreros” se encuentran inmovilizados y no puede realizarse movimiento de mojones; el Director Departamental del INRA el 27 de junio de 2003 aprobó lo dispuesto en el Informe legal de esa misma fecha que menciona que “todo movimiento de mojones sin autorización expresa de autoridad competente o fuera de las etapas correspondientes es nulo, dentro del trámite de saneamiento que se ejecuta” (informe de fs. 12-13 y providencia de fs. 13 vta.).