SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2003 - R

Fecha: 17-Nov-2003

III.2

III.2  Que, la protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales se otorga por las autoridades ordinarias y sólo en su defecto por la jurisdicción constitucional, todo lo que implica que de constatarse los actos y/o omisiones denunciadas de ilegales, se concede el amparo en la medida en que se hayan agotado los medios ordinarios de defensa, como se colige de las normas de los arts. 19-IV CPE y 94 LTC.

            En el presente amparo se denuncia de ilegal, acciones de hecho supuestamente cometidas por Rodolfo Gutiérrez M, que es una de las partes en litigio, así como por el policía Ronald Revollo, ambos recurridos; el análisis que se pasa a realizar, se referirá a las supuestas ilegalidades cometidas por cada uno de los recurridos, para finalmente hacer una mención general.