SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1652/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1652/2003 - R

Fecha: 17-Nov-2003

III.2.2

            La actuación negligente en la búsqueda de pruebas que fueren necesarias para sustentar una acusación, constituye una falta grave, que puede ser denunciada por la persona que se considere afectada (víctima, denunciante y/o querellante) ante la autoridad competente del Ministerio Público que conoce y resuelve la tramitación de un proceso disciplinario, como se desprende de las normas previstas en los arts. 108.5 y 113 de la Ley 2175 de 13 de febrero de 2001 o Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP). Las recurrentes en la presente acción consideran que el Fiscal recurrido ilegalmente omitió disponer la realización de un informe (con referencia a los documentos de identidad de la denunciada o de otras personas), supuesta negligencia en la búsqueda de pruebas que bien pudo ser denunciada ante el Ministerio Público, que a través de sus órganos internos ejerce potestad disciplinaria respecto a sus funcionarios, como lo es el Fiscal recurrido y al existir otros medios ordinarios de defensa para alegar y denunciar lo expresado en este amparo, es inviable por su naturaleza subsidiaria, máxime si además se evidencia que esa supuesta falta no tiene de manera directa relevancia constitucional.