SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1659/2003-R
Fecha: 18-Nov-2003
II.2
II.2 Por Ordenanza Municipal 834/90 , de 10 de agosto, el Concejo Municipal de Cochabamba aprobó el nuevo estudio de rutas y paradas de transporte urbano, figurando la Línea “Ñ” con la zona operacional 8 como origen y la zona central como destino (fs. 15 a 16), mientras que por Resolución Municipal 72/95, de 1 de diciembre, el Concejo Municipal de Colcapirhua autorizó al Sindicato Mixto de Micros-buses-taxis, trufis y trufi buses la ampliación de sus servicios en esa jurisdicción territorial (fs. 113), y por Resolución 53/96, de 3 de diciembre, ese Concejo Municipal consolidó la ruta de la Línea “Ñ” por los Barrios Magisterio, Municipal y Nueva Jerusalén (fs. 17), y posteriormente, a través de la Ordenanza 26/99, de 16 de noviembre, el Concejo Municipal de Colcapirhua autorizó el funcionamiento de la Línea “Ñ” en ese Municipio (fs. 18 a 19).