Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1659/2003-R
Fecha: 18-Nov-2003
II.3
II.3 Ante las denuncias formuladas el 3 de noviembre de 2000 por la parte hoy recurrente contra la Línea X-10 por ingreso arbitrario a su ruta (fs. 22 a 23), el Jefe de la División de Servicios Públicos del Organismo Operativo de Tránsito expidió el informe de 3 del mismo mes por el que comunicó al Director de esa institución que dicha denuncia fue comprobada luego de la inspección al lugar, por lo que se recomendó a los infractores que den cumplimiento al Reglamento, que días después se verificó que los afiliados a la Línea X-10 reincidieron en su ingreso arbitrario a la ruta asignada a la Línea “Ñ” (fs. 20 a 21).