SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1684/2003 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1684/2003 -R

Fecha: 24-Nov-2003

II.2

II.2            Conforme se tiene demostrado por la documentación complementaria que solicitó éste Tribunal, con la facultad contenida en la norma prevista por los arts. 45 y 46 LTC, la recurrente había solicitado pensión por invalidez a la AFP Futuro de Bolivia, regional Santa Cruz, previo informe del Médico de Trabajo de la CNS, emitido el 13 de septiembre del 2002, (fs. 67), habiéndose pronunciado el Dictamen FUT-221/2003 de 26 de mayo, por el cuál se evidencia que padece de cáncer de mama avanzado metastático a hueso, Estadio IV, teniendo un deterioro del 70% de su salud, con un 12% de sus habilidades para la actividad diaria y 15% con sus habilidades sociales y un total del 62% de pérdida de la capacidad laboral de origen, sin que hasta la fecha se le haya otorgado la pensión solicitada, no habiéndose acreditado por ninguna de las partes, la existencia de algún proceso interno administrativo seguido contra la recurrente o que ésta haya recibido en forma debida el memorando de destitución, tampoco se ha acreditado que la recurrente esté percibiendo actualmente alguna renta por invalidez (fs. 120 a 127).