SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1684/2003 -R
Fecha: 24-Nov-2003
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró conforme al dictamen de la representación del Ministerio Público, procedente el recurso, ordenando la restitución a su fuente laboral de la recurrente sin costas ni responsabilidad, con los fundamentos siguientes: a) que, la vida es un derecho fundamental que tiene que protegerse y que se constató que el estado de salud de la recurrente se encuentra seriamente comprometido por la enfermedad que padece, siendo el único medio de subsistencia el trabajo que tiene en la Alcaldía de Santa Cruz; b) que, sin desconocerse las facultades que tiene el municipio recurrido para retirar o destituir a la recurrente de su fuente laboral, con éste acto ha quebrantado sus derechos constitucionales al debido proceso y la seguridad jurídica, por no habérsele seguido un proceso administrativo ni emitido resolución alguna, que pueda impugnar en la vía correspondiente; y c) que, no se ha demostrado fehacientemente que la recurrente haya obtenido la jubilación, por lo que actuando en forma humanitaria se debe disponer se respeten los derechos y garantías de la recurrente.