Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1701/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
representante del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público requirió porque se declare improcedente el recurso, argumentando que el Tribunal Constitucional es un tribunal de puro derecho que no puede ingresar a analizar y valorar las pruebas, lo cual es de exclusiva responsabilidad de los jueces de instancia. Asimismo no se cumple el requisito de la inmediatez.