SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1710/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1710/2003 - R

Fecha: 24-Nov-2003

III.2

III.2         Analizados los antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia que en el caso que motivó el presente recurso, si bien la autoridad judicial recurrida, actuando como Juez suplente, efectivamente dejó en suspenso el mandamiento de apremio que fue expedido por el Juez titular en materia laboral y social, en contra del demandado Iván Leytón Mendoza, con el argumento de que existe apelación pendiente, sin tomar en cuenta que en ejecución de sentencia la apelación es concedida en el efecto devolutivo, como así concedió la apelación planteada por el demandado; empero, el recurrente, en ningún momento presentó impugnación alguna contra la determinación de la Jueza, hoy recurrida; pues conforme a la norma prevista por el art. 518 CPC, aplicable al caso, por expresa disposición del art. 252 CPT, toda decisión emitida en ejecución de sentencia es apelable en el efecto devolutivo, de manera que, siendo así que la resolución que hoy se impugna a través del presente amparo fue de conocimiento del recurrente.