SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1750/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
Fragmento 4
El abogado de la recurrente, ratifica in extenso el contenido de su demanda, agregando que en el otrosí tercero del memorial que presentó Adela Ramos solicitó anotación preventiva de un inmueble supuestamente de propiedad del demandado, por lo que se practicó la anotación preventiva del inmueble registrado a fojas y partida 2031 del Libro Primero de Propiedad Cercado en 13 de junio de 1997, con la aclaración de que se hallare registrado a nombre de José Abraham Caballero o Adela Ramos, sin embargo, ese extremo no fue observado por el Registrador de DD.RR. de esa época, quien dio curso sin percatarse del nombre del propietario, por ello se solicitó a la Juez recurrida ordene la cancelación de ese registro, pero negó esa solicitud indicando que no era parte en el proceso, lo cual le ocasiona un perjuicio, por lo que solicita que se declare procedente el presente recurso.