SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2003-R

Fecha: 01-Dic-2003

a)

Que en  el caso de análisis, los actos procesales acusados de irregulares e ilegales por la recurrente, como ser: a) la falta de notificación legal con el auto de procesamiento, b) el de señalamiento de audiencia de confesión; c) la ilegal notificación por edicto y la consiguiente declaratoria de rebeldía dispuesta en su contra; d) la remisión del proceso al Juzgado Sexto de Partido en lo Penal, sin su conocimiento; que la juez no se pronuncio  sobre la solicitud de nulidad  y otros, no pueden ser objeto de consideración por medio de este recurso, en razón de que los mismos al no estar directamente vinculados con el derecho a la libertad de la que es objeto, estos deberán ser reclamados a través de los mecanismos establecidos por ley, con mayor razón si se tiene en cuenta, que el proceso penal en su contra se encuentra en el estado de prestar su declaración confesoría. No ocurre lo propio, respecto a la orden  de detención formal expedida en su contra por la autoridad recurrida, por lo que corresponde considerar este extremo, por constituir la libertad individual  el objeto central del recurso de habeas corpus.