Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1776/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
III.1.
III.1. El amparo constituye una garantía constitucional de carácter jurisdiccional o un recurso tutelar protectivo, consagrado por el art. 19 CPE, para la protección inmediata de los derechos fundamentales y garantías constitucionales normativas, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios y particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringirlos o suprimirlos, siempre que no haya otro medio o recurso legal establecido para ese efecto, teniendo en consecuencia un alcance preventivo y correctivo.