SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1780/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
Fragmento 3
La jueza recurrida informó que dentro de la investigación seguida por el Ministerio Público contra el recurrente y otros, por la supuesta comisión del delito de tentativa de asesinato, dispuso la detención preventiva del primero mediante Auto motivado de 5 de agosto de 2003, al concurrir los requisitos del art. 233 CPP, habiendo rechazado en dos oportunidades la solicitud de cesación de la detención preventiva formulada por el recurrente; en su última solicitud, éste acompañó un contrato de arrendamiento de un inmueble donde tendría nuevo domicilio, hecho que no garantizaba que no influiría negativamente en la víctima ya que los preparativos que realizó para provocar la muerte de la misma son de conocimiento público y hacen necesario que el imputado tenga un tratamiento para que la víctima y la sociedad estén tranquilas ya que si le ocurría algo a ésta sería su responsabilidad. Aclaró que el hecho de que el documento de arrendamiento no fuera público no fue el motivo para rechazar la solicitud de cesación de la detención preventiva sino el hecho de que el recurrente podría influir negativamente en la víctima.