Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1809/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
II.3
II.3 En el marco del Acta que se indica en el punto que antecede, el Viceministro de Educación recurrido, el 27 de febrero de 2003 solicitó a los recurrentes que abandonen la institución hasta que la Comisión de Ética realice las investigaciones sobre las denuncias efectuadas en su contra y elaboren el respectivo informe (fs. 12).