Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1851/2003- R
Fecha: 12-Dic-2003
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal del Recurso, declaró improcedente el hábeas corpus con los fundamentos siguientes: a) que el hecho de que se hubiese dispuesto la suspensión de la autoridad materna de María Eugenia Villarroel Ríos, no anula la personería que tiene ella y su apoderado para cobrar la asistencia familiar devengada hasta el 10 de junio de 2002, pues la misma no constituye patrimonio de la acreedora alimentaria sino importa la devolución implícita de los dineros gastados por María Eugenia Villarroel Ríos en la manutención de la menor y b) que la personería de la nombrada aún persiste mientras no concluya el juicio de divorcio.