Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1866/2003-R
Fecha: 15-Dic-2003
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120.7ª) de la Constitución Política del Estado, 7.8ª y 102-V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos APRUEBA la Sentencia cursante a fs. 19 y 20 pronunciada el 4 de octubre de 2003 por el Juez Segundo de Partido y de Sentencia de la Provincia Obispo Santistevan del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II. 1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 3)La tercera fase se denomina conclusión de la etapa preparatoria, y está constituida por los “actos conclusivos”, entre los cuales se encuentra la presentación de la acusación por el fiscal al juez o presidente del Tribunal (art. 322 CPP).
- 1.-
- III.2.
- APRUEBA