SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1872/2003-R
Fecha: 15-Dic-2003
III.3
III.3 Por otra parte, puesto que el recurso de hábeas corpus tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, y procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa, en el caso examinado debe tenerse en cuenta que el recurrente está detenido legalmente por orden de autoridad competente y en virtud de un mandamiento escrito conforme prevé la Constitución y la ley procesal penal aplicable al caso, como también le fue concedido el beneficio de la libertad al haberse dispuesto la cesación de la detención preventiva aplicándose al efecto las medidas sustitutivas que corresponde cumplirlas al imputado beneficiario, ahora recurrente.