Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1900/2003-R
Fecha: 17-Dic-2003
III.5
III.5 En el caso de autos, la autoridad recurrida excediendo sus atribuciones que están delimitadas por el art. 143 de la Ley de Organización Judicial (LOJ) y el art. 373 del Código de Familia (CF), dispuso el arraigo de la menor Thais Andrea Porcel Mendoza, pese a encontrarse bajo la guarda y tutela de la madre, reconocida judicialmente, sin que exista justificación legal alguna ni facultad conferida por ley, restringiendo así su derecho de locomoción. Circunstancia esta que hace viable su protección a través del presente recurso de hábeas corpus.