SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1904/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1904/2003-R

Fecha: 17-Dic-2003

III.1

III.1 El Recurso de Amparo Constitucional consagrado en los arts. 19 CPE y 94 LTC, ha sido establecido “...contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos por la Constitución y las leyes”, cuyas bases de sustentación son los principios de subsidiariedad e inmediatez; el carácter de inmediatez, permite brindar la tutela del amparo, cuando por razones de tiempo la remisión a los procesos ordinarios resulta claramente tardía para tutelar el derecho fundamental lesionado o amenazado de violación; en cambio el carácter de subsidiariedad del amparo, exige que se haya agotado todos los recursos ordinarios que le franquea la ley, en defensa de sus derechos.