Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2003-R
Fecha: 17-Dic-2003
II.4
II.4 Dentro del proceso interno de referencia, se aprecia que el 26 de abril de 2001, el recurrente fue declarado rebelde (fs. 371), y posteriormente, el 17 de mayo de ese año el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia declarando probada en parte la denuncia formulada contra los procesados (fs. 425 a 432), constando que el recurrente fue notificado con dicho fallo el 28 de ese mes y año (fs. 436), y ante las apelaciones interpuestas por otros procesados, el 21 de junio de 2001 se dictó el correspondiente Auto de Vista por el que se confirmó en parte la sentencia apelada (fs. 457 a 458).