SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2003-R

Fecha: 17-Dic-2003

III.2

III.2   En el caso que se examina, de antecedentes consta que en el proceso interno al que fue sometido el recurrente, la sentencia fue pronunciada el 17 de mayo de 2001, con la cual fue notificado el 28 de ese mes; por consiguiente, de entonces a la fecha de la interposición del recurso que se revisa (17 de octubre de 2003)  transcurrieron más de dos años, tiempo que excede al señalado por este Tribunal como razonable, para interponer el recurso de amparo, circunstancia que desnaturaliza la característica de  inmediatez de este recurso. Así lo ha entendido el Tribunal Constitucional en las SSCC 1466/2003-R, 1287/2003-R, 1274/2003-R, 986/2003-R, 921/2003-R, 899/2003-R -entre otras-, en las que se expresó que este recurso debe ser presentado dentro del término máximo de seis meses, cuya inobservancia, determina la improcedencia del recurso.