SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1928/2003-R
Fecha: 19-Dic-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el escrito presentado el 4 de noviembre de 2003 (fs. 4), el recurrente aduce que el 29 de octubre de 2003, a horas 14:30 aproximadamente, fue detenido por el policía Leonel Chávez, con quien se fue a devolver la motocicleta que tenía en alquiler; cuando quiso estacionar la misma, el funcionario policial le dobló el manubrio ocasionándole una caída, lo que motivó que éste sacara su arma de fuego con la que le propinó golpes, para luego, junto a otro policía que apareció en el lugar de nombre Reinaldo Monje Gareca, conducirlo violentamente a dependencias de la Policía provincial, donde el funcionario encargado de los detenidos lo puso en inmediata libertad al no existir ningún requerimiento ni mandamiento librado en su contra.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- la razón esencial del recurso de hábeas corpus es hacer efectiva la protección de la libertad individual en el momento en que su derecho esté siendo restringido o amenazado, no siendo pertinente acudir a esta acción tutelar
- el hábeas corpus fue planteado después de que sus representados fueron puestos en libertad, de manera que si hubo ilegalidad en su detención por no haberse observado lo establecido por los arts. 6.II y 9.I CPE, ella no puede resolverse dentro de un recurso de hábeas corpus que fue presentado luego de haber sido puestos en libertad los recurrentes. Por consiguiente esa presunta ilegalidad adquiere otras características que la hacen punible, por lo que corresponde ser considerada en el ámbito penal o en el que los recurrentes estimen adecuado
- En consecuencia, correspondía al recurrente interponer el recurso en el momento en que sus representados se encontraban -según él- indebidamente detenidos a fin de que la autoridad competente dentro del trámite de hábeas corpus, haga comparecer a los detenidos y analice los antecedentes del caso para pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia del mismo, situación que no puede darse, ya que fueron puestos en libertad antes de la presentación misma del recurso.
- III.3.
- REVOCA