AUTO CONSTITUCIONAL 065/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 065/2003-CA

Fecha: 11-Feb-2003

las partes que intervienen dentro de un proceso judicial o administrativo  pueden solicitar

En ese entendido, las partes que intervienen dentro de un proceso judicial o administrativo  pueden solicitar al juez, tribunal judicial o autoridad administrativa, que promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, cuando consideren que la disposición legal sobre cuya base deba adoptarse la decisión respectiva, vulnera las normas constitucionales.